
"El Sol" contra los sellos negros: denuncian ante Cofepris la campaña de Coca-Cola con Luis Miguel
El Poder del Consumidor pide retirar el comercial del centenario porque el reglamento de publicidad prohíbe usar celebridades para vender productos con sellos de advertencia. La refresquera dice que el anuncio es para adultos y que cumple la ley. Quién tiene razón, qué decide ahora Cofepris y cuánto te cuesta el refresco en la báscula y en la caja.
Mariachi, familias de tres generaciones alrededor de la mesa, la tiendita de la esquina y, al centro, Luis Miguel dando un trago a una Coca-Cola mientras habla de su cariño por México. Si el comercial te dio nostalgia, funcionó. Ese es justo el problema, dice una organización de consumidores: que funciona demasiado bien.
El Poder del Consumidor presentó una denuncia ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) contra la campaña "Coca-Cola 100 años junto a México", y pidió su retiro, su suspensión inmediata y su prohibición. El argumento cabe en una línea del reglamento: un producto con sellos de advertencia no puede anunciarse con celebridades. Y pocas celebridades en este país pesan más que "El Sol".
- Artículo 24 Bis del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, incorporado en 2022: la publicidad de alimentos y bebidas con sellos no debe usar personajes infantiles, animaciones, celebridades, deportistas ni mascotas
- Más de 230 mil casos nuevos al año de diabetes y enfermedades cardiovasculares en adultos mexicanos se relacionan con el consumo de bebidas azucaradas, según El Poder del Consumidor
- 40 mil 842 muertes al año en México son atribuibles a bebidas azucaradas — el 6.9% de los fallecimientos en mayores de 20 años —, de las cuales 23 mil 433 son por diabetes, según el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP)
- MX$3.08 por litro de IEPS paga en 2026 una bebida con azúcar añadida, frente a MX$1.64 el año pasado — un alza cercana al 87%
- El comercial se estrenó el 6 de agosto; Cofepris no ha resuelto la denuncia
(Fuentes: denuncia de El Poder del Consumidor y respuesta de la Industria Mexicana de Coca-Cola, vía Expansión del 23/09/2026 y El Financiero del 22/09/2026; datos del INSP citados por El Financiero; cuotas del IEPS del Paquete Económico 2026.)
Qué dice exactamente la regla
Desde 2020, los refrescos llevan en el frente los octágonos negros de "exceso azúcares" y "exceso calorías". En 2022 se agregó al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad el artículo 24 Bis, que pone límites a cómo se pueden anunciar esos productos: nada de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, mascotas ni elementos interactivos dirigidos a niñas y niños que inciten a comprarlos o consumirlos.
Traducción: si tu producto necesita un sello de advertencia, no puedes ponerle a un famoso al lado para que se te olvide el sello. Es la lógica de la cajetilla de cigarros aplicada al refresco — el empaque te advierte y la publicidad no puede contradecirlo con una sonrisa conocida.
Según la denuncia, la participación de Luis Miguel "contraviene el artículo 24 Bis". Y la organización explica por qué le importa: "al promoverse con un cantante sumamente reconocido por la población de todas las edades, incluyendo jóvenes, la campaña denunciada contribuye a normalizar e incentivar el consumo de productos asociados con el padecimiento de enfermedades no transmisibles".
La defensa: "es para adultos"
La Industria Mexicana de Coca-Cola respondió con un comunicado: la campaña cumple con la normativa vigente, "incluyendo lo que señala el artículo 24 Bis", que a su juicio regula la publicidad orientada a menores de edad. "Esta iniciativa, que celebra un siglo de historia compartida con México, está dirigida exclusivamente al público adulto y centrada en valores como la empatía y la gratitud", dice el texto, que además pide debatir políticas públicas "que se basen en información técnica y jurídica sólida".
Ahí está el nudo jurídico, y no es menor. La frase "dirigidos a niñas y niños" al final de la lista del reglamento, ¿aplica a todo — celebridades incluidas — o solo a los elementos interactivos? La refresquera la lee como si todo el artículo fuera sobre publicidad infantil. La organización la lee como una prohibición general de usar famosos. Quien desempata es Cofepris.
Mientras tanto, una observación de sentido común: un comercial con mariachi, abuelos, nietos y tienditas, protagonizado por un cantante que lleva 45 años de carrera y que llena estadios con público de todas las edades, es "exclusivamente para adultos" en el mismo sentido en que la piñata de una fiesta infantil es "exclusivamente decorativa".
Por qué no es un pleito de farándula
Sería fácil leer esto como chisme de espectáculos. No lo es. México está entre los países que más bebidas azucaradas consumen en el mundo, y la cuenta no la pagan ni la marca ni el cantante: la paga el sistema de salud — o sea, tú.
El INSP estima 40 mil 842 muertes al año atribuibles a bebidas azucaradas, el 6.9% de todas las muertes de adultos mayores de 20 años. Más de la mitad, 23 mil 433, son por diabetes. Para dimensionarlo: es como si cada año desapareciera una ciudad mediana por algo que se vende frío, en cada esquina, y que el propio empaque ya reconoce como exceso.
Y la diabetes no es una enfermedad barata. Es consulta mensual, tiras reactivas, medicamento de por vida y, cuando se complica, hemodiálisis, amputaciones y hospitalización. Buena parte de eso cae en el IMSS, el ISSSTE y el IMSS-Bienestar — las mismas instituciones que luego no alcanzan a surtir.
Lo que cuesta en la caja
El gobierno ya eligió otra herramienta además de los sellos: el precio. En 2026, el IEPS a bebidas saborizadas con azúcar añadida pasó de MX$1.64 a MX$3.0818 por litro, y las que usan edulcorantes pagan ahora MX$1.50 por litro. En la tiendita eso se tradujo en alzas de alrededor de 2 pesos en la botella de 600 ml y de 6 pesos o más en la de 2 litros.
Es decir: el Estado cobra más caro el refresco para que tomes menos, obliga a ponerle sellos para que sepas lo que tomas, y la pregunta ahora es si la marca puede compensar ambas cosas con la cara más querida del pop mexicano. Si la respuesta es sí, la regla de 2022 vale poco.
Qué sigue — y qué puedes hacer tú
La existencia de la denuncia no significa que Coca-Cola haya violado la norma. Cofepris tiene que revisar la publicidad y decidir si hay infracción; si la hay, puede ordenar suspender o retirar la campaña. Ninguna de las dos partes ha informado un plazo.
Mientras la autoridad decide, lo que sí está en tus manos:
1. Lee el sello, no al cantante. Dos octágonos negros significan lo mismo con o sin Luis Miguel. Una lata de 355 ml de refresco regular es una dosis de azúcar que muchas personas no se darían cucharada por cucharada.
2. Si tomas refresco a diario, mide tu glucosa. La diabetes tipo 2 pasa años sin síntomas. Una glucosa en ayuno o una hemoglobina glucosilada cuestan poco en comparación con descubrirla tarde; en nuestra guía de química sanguínea te explicamos qué pedir, y en la de chequeo médico, cada cuánto hacerlo.
La última canción
Hace 35 años, en 1991, Luis Miguel ya había sido la cara de Coca-Cola con "Vive la sensación". Entonces no había sellos, ni IEPS a refrescos, ni reglamento que lo impidiera. El país cambió sus reglas porque cambió su diagnóstico: la diabetes dejó de ser una enfermedad de viejos para volverse la sala de espera de todo el sistema.
Cofepris tiene que decidir si esas reglas aplican también cuando el que canta es "El Sol". Porque una norma que se dobla ante la primera celebridad lo bastante grande no es una norma: es una sugerencia con octágono.